29/03/2020

A través de decretos de necesidad y urgencia, se dispusieron las medidas que además contemplan la suspensión de desalojos.


El gobierno nacional dispuso hoy a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el congelamiento -hasta el 30 de septiembre próximo- de las cuotas de los créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor de marzo


La medida, que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial, dispone además el congelamiento del valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA y la suspensión de las ejecuciones hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda única.


También contempla la suspensión de las ejecuciones por impagos de créditos prendarios UVA y establece que las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en 3 cuotas sin interés.


Establece, por último, que las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas, solo con intereses compensatorios, sin penalidades.


El Gobierno decidió congelar el monto mensual de los alquileres y de las cuotas de créditos hipotecarios UVA hasta el 30 de septiembre, como parte del paquete de medidas para evitar el impacto del coronavirus en los ingresos de los hogares.


Según un decreto que será publicado en las próximas horas, "se congelan los precios de los alquileres al valor de marzo" y además ordena prorrogar "la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria -inquilino-".


En ese sentido, el Gobierno decidió que "la deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre".


El gobierno congeló alquileres y cuotas hipotecarias hasta el 30 ...


Si bien no habrá desalojos por falta de pago, el decreto establece que "las deudas que se produzcan por falta de pago, se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades", determinó el Poder Ejecutivo.


Quedarán exceptuados del decreto "aquel locador -propietario- que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente", afirma el decreto, aunque sin precisiones sobre cómo quedará determinada esa acreditación.


Por otra parte, "se establece mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes" afirma el DNU.


Respecto a créditos UVA, el decreto establece que "se congela el valor de las cuotas de los créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor del mes de marzo", explica la decisión oficial.


Asimismo, quedarán fijas las cuotas de créditos prendarios UVA (para compra de automóviles), se suspenderán las ejecuciones hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda y respecto de préstamos prendarios.


Se estableció además, que las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en 3 cuotas sin interés mientras que las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas, solo con intereses compensatorios, sin penalidades.

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