27/08/2025

Hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina.


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La Justicia Federal hizo lugar este miércoles a una medida cautelar presentada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) y suspendió de forma provisoria el inciso f) del Decreto Nº 340/2025, que calificaba a la educación como “servicio esencial” y, en la práctica, impedía el derecho a huelga de las y los docentes.


La resolución, con fecha 26 de agosto, establece que el Gobierno Nacional no podrá aplicar la disposición impugnada hasta tanto recaiga una sentencia definitiva. El fallo retoma jurisprudencia previa del Poder Judicial argentino y de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que ya había considerado inconstitucional restringir de ese modo el derecho a huelga en el sector educativo.


Desde CTERA celebraron la decisión judicial y recordaron que “el derecho a huelga es una práctica legitimada y reconocida a nivel mundial para poner freno a atropellos de poder vinculados a salarios, condiciones laborales y jubilaciones”.


El gremio denunció además que el DNU se inscribe en una serie de medidas del gobierno de Javier Milei que afectan a la educación pública, como la falta de convocatoria a la Paritaria Nacional Docente, el no pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), la eliminación del Fondo Compensador Salarial, la quita de programas de conectividad educativa y el desfinanciamiento de los comedores escolares.


“Seguiremos luchando por el respeto de los derechos de las y los docentes en todas las instancias necesarias y trabajando para mejorar las condiciones de vida y de trabajo en todo el país”, señalaron desde CTERA.


La cautelar no es la única en curso: otras organizaciones sindicales también presentaron recursos contra el decreto, cuestionando lo que consideran un intento del Ejecutivo nacional de restringir la protesta social y acallar voces críticas.


 


Fuente: NA

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