03/08/2020

El gobernador Oscar Herrera Ahuad confirmó que a partir de hoy las reuniones familiares quedan circunscriptas solamente al núcleo de convivencia.


En vista al DNU presidencial número 641/2020. La provincia de Misiones informa la modificación de las actividades familiares y sociales qu


El gobernador de Misiones, Oscar Herrera Ahuad, confirmó en Twitter que a partir del día de la fecha las reuniones familiares quedan circunscriptas solamente al núcleo de convivencia. Es decir, que las familias no podrán recibir visitas en la provincia de Misiones.


El presidente Alberto Fernández firmó ayer el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 641/20 por el cual suspendió las reuniones familiares por 15 días en todo el país, con efecto inmediato en todas las provincias, a partir del estado de emergencia sanitario vigente desde la oficialización de la pandemia por COVID-19.


Fuente de la Gobernación de Misiones explicaron a PRIMERA EDICIÓN que, por lo indicado, no hará falta que la provincia adhiera mediante un instrumento legal. Así, desde ayer, quedaron suspendidas las reuniones familiares en la tierra colorada.


“Quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación”, se determinó como punto que afecta a los misioneros.


Hoy, durante el transcurso del día, se esperan comunicaciones entre la Casa Rosada y la Rosadita misionera para terminar de acordar si se deben limitar más actividades. Es que el DNU 641 no prohíbe las que tienen un protocolo sanitario para el desarrollo, siempre que sea al aire libre.


Qué establece el DNU 641


• La medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el 16 de agosto, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias entre las que está Misiones con:
1. El sistema de salud con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria.


2. El aglomerado urbano, departamento o partido no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen “transmisión comunitaria” sostenida del virus SARS-CoV-2. En este caso la Nación nunca incorporó a Misiones en ese grupo, a pesar de la declaración provincial.


3. El tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no debe ser inferior a 15 días. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.


• Queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la
medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesta, por fuera del límite del departamento o partido donde residan, salvo que posean el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”.


• Las autoridades provinciales podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2.


• Sólo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad


sanitaria provincial que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50% de su capacidad.


• Podrán realizarse actividades deportivas y artísticas, en tanto se dé cumplimiento al distanciamiento de dos metros y siempre que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas.


• En lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etcétera) a una persona cada dos metros cuadrados de espacio circulable, pudiéndose utilizar para ello la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.


• Las clases presenciales permanecerán suspendidas en todos los niveles y en todas sus modalidades hasta tanto se disponga el reinicio de las mismas en forma total o parcial, progresiva o alternada, y/o por zonas geográficas o niveles o secciones o modalidades, previa aprobación de los protocolos correspondientes.


• Siguen cerradas las fronteras.


 


 


Fuente: Primera Edición - Twitter

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