28/07/2020

El juez federal Rodolfo Canicoba Corral procesó al ex ministro de Hacienda Nicolás Dujovne por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público en el marco de la causa que investiga la renegociación de la concesión de peajes en los accesos Norte y


Canicoba Corral procesó a Dujovne sin prisión preventiva y embargó por $100 millones


Dujovne, se presentó al trámite de indagatoria a través de la plataforma remota Zoom, se negó a responder preguntas y entregó un escrito,


Ayer Canicoba Corral había procesado sin prisión preventiva al exministro de Transporte del macrismo, Guillermo Dietrich, y lo embargó por 500 millones de pesos por presunta "administración fraudulenta".


El exministro de Hacienda del Gobierno de Cambiemos Nicolás Dujovne fue procesado hoy, sin prisión preventiva, por la supuesta comisión de los delitos de “abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público”, en la causa que investiga la renegociación de la concesión de peajes en los accesos Norte y Oeste entre 2016 y 2018.


El procesamiento fue dispuesto por el juez federal Rodolfo Canicoba Corral, quien además le trabó un embargo sobre los bienes de 100 millones de pesos, según consta en el fallo de 133 páginas al que tuvo acceso Télam.


Se trata del cuarto exfuncionario de Cambiemos procesado en este expediente, en el que se investiga si desde el Gobierno de Mauricio Macri se favoreció a empresas concesionarias de peajes, como Autopistas del Sol S.A (AUSOL), que habían estado vinculadas comercialmente con empresas de la familia del expresidente.


Los otros exfuncionarios procesados fueron el exministro de Transporte Guillermo Dietrich; el exdirector de Vialidad Nacional Javier Iguacel, y el exProcurador del Tesoro Bernardo Saravia Frías, aunque a ellos se les endilgó el delito de administración fraudulenta en contra de las arcas del Estado.


Para Canicoba Corral, Dujovne es responsable de omitir “intencionalmente intervenir, conforme el cargo que desempeñaba, en el trámite de renegociación contractual, el cual debería haber suscripto y en todo caso, haber confeccionado los informe técnicos, económicos y dictámenes jurídicos propios de esa cartera con incumbencia en la materia”.


“Ha quedado demostrado, con el grado de certeza exigido en esta etapa procesal que el nombrado intencionalmente no ejecutó la normativa cuyo cumplimiento le incumbía, conforme el cargo que desempeñaba”, enfatizó el magistrado en el fallo, en el que señaló que el exministro buscó deliberadamente evitar estampar su firma en las renegociaciones ahora investigadas como irregulares.


En este expediente se investigan maniobras a través de las cuales las empresas AUSOL y Grupo Concesionario Oeste S.A. lograron prolongar la concesión de los peajes de los accesos Norte y Oeste respectivamente hasta 2030, sin pasar por un previo proceso licitatorio, y se garantizaron así que el Estado les reconociera deudas de 499 millones de dólares y 247 millones de dólares, según el caso.


Para el magistrado, la actitud del exministro de Hacienda “permitió que con fecha 26 de junio de 2018 se celebraran en favor de Autopistas del Sol S.A. y Grupo Concesionario Oeste, los Acuerdos de Renegociación Contractual de contratos de Concesión del Acceso Norte y Acceso Oeste, respectivamente, sin realizar objeciones el nombrado en cuanto a que sus cláusulas podían resultar contrarios a la ley vigente o perjudiciales para las arcas del Estado”.


La pesquisa gira en torno a la extensión irregular de los contratos y al reconocimiento de multimillonarias cifras a las empresas por inversiones supuestamente realizadas, “pese a no contarse con un informe técnico integral y exhaustivo con respaldo documental que valide o justifique el millonario monto de inversión reconocida”.


En resoluciones anteriores el magistrado recordó que para llevar a cabo las maniobras se argumentó una “supuesta presión de un trámite arbitral ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI)” en base a una demanda contra la Argentina “que, según pudo determinarse en esta investigación, resultaba de casi imposible acogida favorable”.


La demanda ante el tribunal internacional, formulada por una empresa que había estado vinculada al Grupo Macri y presentada pocos días antes de que Mauricio Macri asumiera la Presidencia, sirvió -según surge de la investigación- para intentar simular un contexto internacional que justificara que el Estado argentino reconociera a las concesionarias lo que reclamaban.


Pese a ello, el 26 de junio de 2018 “se celebraron en favor de Autopistas del Sol S.A. y Grupo Concesionario Oeste, los Acuerdos de Renegociación Contractual de contratos de Concesión del Acceso Norte y Acceso Oeste”, remarcó el juez.


El Estado “terminó abonando sumas millonarias, que ni a través de un informe técnico especializado, como tampoco de la parte resolutiva o fundamentos del Acuerdo surgen justificadas”, concluyó el magistrado que mañana cumplirá 75 años, en lo que será su último día en el ejercicio de la magistratura.


Sobreseen a Kicillof en una denuncia iniciada en su contra por el Grupo Clarín


La decisión adoptada por el juez Canicoba Corral, que alcanza también al extitular de la SiGeN, Daniel Reposo, remite a una denuncia presentada por el multimedio tras la participación de los funcionarios en una Asamblea del Grupo, en abril de 2013.


El juez federal Rodolfo Canicoba Corral sobreseyó este martes al gobernador bo­naerense, Axel Kicillof, en una denuncia por supuestos delitos co­metidos en su participación como representante del Estado nacional en una Asamblea del Grupo Clarín en abril de 2013.


Kicillof pidió cuidado a la sociedad


La decisión alcanzó también al extitular de la SiGeN en ese momento, Daniel Reposo, en una resolución en la que el magistrado entendió que ambos actuaron en defensa de los intereses del Estado nacional y sus conductas no constituyeron delito, según el texto al que accedió Télam.


“Los representantes del Estado aquí juzgados, lejos de cometer un ilícito, defendieron la participación estatal en la empresa, participando activamente, en mayor o menor medida, de la Asamblea y deliberando acerca de los intereses de las partes, opinando acerca de los puntos tratados durante el acto”, concluyó el juez


La decisión del magistrado se conoció un día antes de la fecha que fijó para concretar su renuncia, que se hará efectiva hoy.


El gobernador y el extitular de la SiGeN nunca fueron convocados a prestar declaración indagatoria en el caso porque la medida hubiera sido “desacertada”, sostuvo el juez, ante la inexistencia de “elementos que permitan sostener que la participación de Kicillof y Reposo en la Asamblea N°23 correspondiente a Grupo Clarín S.A. celebrada el día 25 de abril de 2013 en la sede de la sociedad ubicada en la calle Piedras 1743 de esta ciudad tenga un encuadre típico que merezca un reproche penal de sus conductas”.
En la causa se tuvieron en cuenta los dichos de testigos que asistieron ese día y los videos.


La denuncia fue presentada el 26 de abril de 2013 por miembros del Directorio del Grupo Clarín S.A. contra los funcionarios del Estado Nacional que concurrieron a esa Asamblea General Ordinaria anual de accionistas.


El día de la Asamblea, 25 de abril de 2013, Kicillof y Reposo concurrieron junto al exsecretario de Comercio Guillermo Moreno como representantes de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Moreno sí fue procesado por Canicoba Corral en abril de 2018.

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