07/08/2018

El Ciclón cayó por 2 a 1 como local pero reclamó por la mala inclusión de un futbolista y Conmebol dio lugar al pedido del club argentino.


Tal como adelantó NA el último lunes de fuentes de Conmebol, el "Ciclón" salió beneficiado por el fallo, a raíz de la mala inclusión de Jonathan Requena, quien había estado en la lista de buena fe de la actual Sudamericana por Defensa y Justicia.


En su descargo, Temuco intentó culpar a Conmebol del error, porque ellos presentaron la lista de buena fe y no fue objetada oportunamente.


Pero en el fallo, la Conmebol advirtió a Temuco que "en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será considerada como situación agravante".


La revancha de esta serie se disputará el próximo miércoles 15 de agosto en Chile, a partir de las 19:30 (hora argentina), y el ganador enfrentará en Octavos de Final al vencedor de Nacional de Uruguay y Sol de América de Paraguay (0-0 en la ida).


En un escrito de veinte páginas presentado el viernes pasado, el club que preside Marcelo Salas apuntó específicamente a que hubo un error en el sistema electrónico del registro de jugadores.


En su descargo, el club chileno acreditó que Requena dejó de pertenecer a Defensa y Justicia el 30 de junio por haber expirado su vínculo contractual y no ser renovado, y el 12 de julio fue contratado por Temuco.


Además, puntualizó que no fue convocado para jugar en los 27 partidos de la Superliga, ni en otros dos de las fases finales de la Copa Argentina así como tampoco fue incluido en la planilla de algún encuentro oficial en el ámbito continental.


Al día siguiente de haberse disputado el partido en el estadio "Pedro Bidegain", San Lorenzo elevó un reclamo por la mala inclusión del volante argentino Jonathan Iván Requena, de 22 años, quien ingresó al promediar el segundo tiempo y envió los dos centros que le permitieron a Mathías Riquero convertir por duplicado y decretar la victoria 2-1 del equipo chileno.


El "Ciclón" explicó que figuraba con el número 27 entre los 30 jugadores de la lista que había presentado Defensa y Justicia en la primera fase.


En consecuencia, quedaba inhabilitado porque de acuerdo al artículo 56 del Reglamento de la Conmebol "no puede ser inscripto por otro club en la misma edición del torneo".


Como antecedente, se dio cuenta del fallo de mayo de 2017 por el que se le dio a Lanús por ganado 3-0 el partido que en la cancha había perdido 2-1 ante Chapecoense de Brasil, que incluyó al delantero Luiz Otavio cuando debía cumplir una suspensión.


El comunicado de la Conmebol



 


Fuente: NA


 


 

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