11/05/2018

Es la petrolera propiedad de Cristoba López y Fabián De Souza. La justicia ordenó además el “desapoderamiento” de los bienes de los empresarios


La quiebra, establecida por el juez comercial Javier Cosentino, se refiere a la principal firma del grupo empresario, que además posee medios de comunicación.


El fallo indica que se dará "continuación de la explotación de la empresa por 30 días para evitar riesgos ambientales y garantizar fuentes de trabajo".


La resolución fue adoptada por el juez Cosentino un día después de que visitara la planta de la petrolera en la localidad santafesina de San Lorenzo, donde le anticipó a los trabajadores que "en los próximos días" dictaría la quiebra de Oil Combustibles "con continuidad productiva".


Además, según consignó a la prensa el secretario legal del sindicato de Petroleros Unidos de la localidad de San Lorenzo, Héctor Brizuela, el magistrado les aseguró que habían "tres firmas interesadas" en hacerse cargo de la compañía, y que estaba "garantizado el pago de los haberes de mayo y eventuales indemnizaciones".


"Por lo que comentó el juez, hay tres empresas interesadas en hacerse cargo de Oil, que tendrán que presentar los planes de producción para la continuidad, y eso podría llevar unos 30 días más a partir de que se dicte la quiebra", indicó el dirigente sindical, quien señaló que, entre las interesadas, el magistrado mencionó a YPF y a la holandesa Trafigura.


En tanto, el fallo que dispone la quiebra, extiende el "plazo de intervención por 60 días" y apunta que como "los interventores han dado cuenta de las diferentes tratativas" llevadas a cabo con "los interesados en la continuación de la gestión de la empresa" se informarán "los resultados" con la "mayor brevedad posible".


Además, la resolución del juez Cosentino establece que la apertura de "un período de 72 horas a partir de la notificación" de la quiebra a fin de que "potenciales inversores privados interesados en la eventual adquisición de la empresa en marcha, presenten sus propuestas en autos, en sobre cerrado y debidamente individualizado para su correcta identificación, o lo hagan de considerarlo pertinente, a los interventores".


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Las propuestas deben estar a cargo de "sociedades anónimas" que puedan demostrar su "capacidad técnica", su "solvencia financiera", y presentar una "nómina de accionistas", así como "los últimos tres balances certificados" y un "plan de negocios", entre otros requisitos.


"En cuanto a la Cooperativa de trabajo, deberá acreditar conformidad de dicho ente para la eventual inscripción en el Registro de Empresas Petroleras Sección Elaboradas y Comercializadoras", sostiene el fallo, al que tuvo acceso Télam.


También fija audiencia a la que se deben presentar Cristóbal López y Fabián de Sousa para el 17 de septiembre próximo, a las 9, a fin de que den "explicaciones en pos de determinar la composición del activo de la quebrada".


Se mantiene además la "inhibición general de bienes" sobre la firma y se dispone la "interdicción de la salida del país" de los administradores Ignacio Rosner y Santiago Dellatorre.


Por otra parte, el titular del Juzgado Comercial número 8 decretó la "inhabilitación de los miembros del directorio por el término de un año"; y se prohibieron los "pagos y la entrega de bienes" de la empresa al tiempo que se ordenó el "cierre de cuentas que tenga abiertas" así como la "interceptación de la correspondencia".


 


 


 

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