30/06/2017

La diputada María Losada presentó una batería de leyes para la protección de los derechos del niño y los adolescentes y de seguimiento de las penas a condenados a través de jueces de ejecución penal que deberán velar por que se cumplan condiciones dignas y se logre la reinserción social de los detenidos.


En primera instancia, la legisladora de Vanguardia Radical, integrante del bloque Avancemos, propuso la creación de cinco Juzgados de Primera Instancia con competencia en materia de Niños, Niñas y Adolescentes en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño. Los juzgados serían distribuidos dos en la Capital, uno en Oberá, otro en Puerto Rico y el último en Eldorado, con sus respectivas defensorías y secretarías letradas.


De acuerdo a la iniciativa, los Defensores de Niños, Niñas y Adolescentes intervendrán aun cuando existiere representación legal y efectuarán sus dictámenes antes del dictado de Resoluciones y Sentencias Judiciales.


Los Juzgados deberán entender y decidir sobre todas las cuestiones relativas a los derechos y garantías establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y la ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en los casos que sea necesaria la intervención judicial. En las causas sobre cuestiones conexas con la competencia material de los Juzgados de Familia y Violencia Familiar, prevalecerá la competencia de estos últimos.


Deberán atender acciones de estado relativas a la filiación de menores de 18 años de edad; adopción, nulidad y revocación de menores de 18 años de edad; suspensión, privación de la responsabilidad parental y toda cuestión relativa a su ejercicio y tenencia y guarda de niños, niñas y adolescentes y régimen de comunicación de los mismos con su familia, además de acciones relativas a la asistencia alimentaria cuando sean iniciadas hasta los 18 años de los niños niñas y adolescentes comprendidos; entre otros.


La legisladora sostiene que la creación de estos juzgados permitirá cumplir con lo dispuesto por la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que consagra el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser oídos y a que su opinión sea debidamente tenida en cuenta en los procesos judiciales.


La creación de los juzgados va de la mano con un protocolo de actuación en casos que involucren a niños. El protocolo apunta a personal de la Policía de Misiones, el Defensor de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, juzgados en lo Correccional y de Menores, Juzgados de Instrucción, el ministerio público fiscal y el Centro de Reintegro De Niños Niñas y Adolescentes (Unidad Penal IV).


El protocolo establece que en los casos de privación de libertad de un niño niña o adolescente deberá existir siempre y bajo pena de nulidad, orden de autoridad competente, salvo los casos de flagrancia donde se le deberá comunicar en forma inmediata y expedita al Juez Correccional y de Menores, al Defensor Penal interviniente y a los Profesionales de la  Defensoría de los derechos del niño, niña y adolescentes de Misiones.


En todos los casos, deberá priorizarse la libertad del niño/a o adolescente y el alojamiento o detención de un niño deberá decidirse únicamente por orden judicial, cuando sea perseguido por la supuesta comisión de delitos graves, exista riesgo en su integridad, su grupo familiar o de terceros por el periodo mínimo necesario y como “última ratio”.


El protocolo establece que desde el primer contacto de las autoridades con el niño/a o adolescente, se le darán a conocer los motivos de la retención y la imputación que se le atribuye, reconociéndosele el derecho a ser oído y a contar con un abogado de su confianza y para el caso de no contar con uno, el Estado deberá proveérselo de manera gratuita e inmediata.


También prohíbe la utilización de armas en los lugares destinados a la detención y alojamiento de niños, niñas y adolescentes y en caso de que se determine la restricción de libertad, deberán fijarse y fomentarse las acciones necesarias que le permitan, al niño, niña y adolescente, su desarrollo personal permanente, su reintegración a la familia y la sociedad, así como el desarrollo de sus capacidades y sentido de responsabilidad.


Asimismo, propone la creación de un Centro de Reintegro de Niños y Adolescentes.


Por último, Losada planteó la creación de cuatro Juzgados de Ejecución Penal, en Posadas, Oberá y Eldorado, cuyos jueces tendrán que resolver todas las cuestiones e incidentes que se susciten durante la ejecución de la pena y medidas de seguridad para garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales, los tratados internacionales ratificados por la Argentina, en el trato otorgado a los condenados que se encuentran bajo jurisdicción del Servicio Penitenciario Provincial, y a las personas sometidas a medidas de seguridad personal. También tendrán que controlar el cumplimiento de las condiciones impuestas al imputado en los casos de suspensión del proceso a prueba, libertad condicional o condena de ejecución condicional e intervenir en la concesión, denegación o revocación de la libertad condicional.


“Es conveniente que el control de la ejecución esté a cargo de una justicia especializada y no del tribunal que impuso la sentencia, lo cual permitirá visualizar cuál es el presente y el futuro del interno, conocimiento fundamental para un efectivo proceso de reinserción social”, argumentó Losada.


 


Fuente: Prensa Vanguardia Radical

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