16/09/2020

El Bloque de Diputados del Partido Agrario y Social, presentó un Proyecto de Ley -que tuvo tratamiento preferencial- para crear el Catálogo  Digital  de  Tierras  en disponibilidad (Cadit), para  facilitar la adquisición de terrenos destinados a la construcción de viviendas únicas familiares en zonas periurbanas y rurales.


La autoridad  de  aplicación será el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (Iprodha), que tendrá a su cargo la elaboración, actualización mensual y publicación del Cadit en el sitio institucional del organismo. Para la instrumentación de la norma, el Instituto dictará las disposiciones internas necesarias para la adecuación de su estructura presupuestaria y funcional.


Tendrá alcance provincial y permitirá reunir información detallada de tierras públicas y privadas disponibles en cada jurisdicción municipal. 


El diputado Jorge Páez, autor de la iniciativa, señaló que con la creación del catálogo digital de tierras disponibles y de uso público, el propio Estado podrá brindar esa información mediante el Iprodha, con los datos de cada unidad de suelo, las condiciones, y respaldando ese ofrecimiento al verificar las condiciones jurídicas en la que se encuentra el lote.


A través de este catálogo podrán acceder quienes buscan un terreno en disponibilidad, para operar frente a un crédito u otra posibilidad que permita al Estado o el sector privado, utilizarlo para la construcción de viviendas.


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Apoyo importante para programas Procrear


"Sabemos que muchas veces quienes son sujetos de crédito se encuentran con terrenos sin las condiciones necesarias, por lo tanto es resulta imposible adquirirlo para ese fin, y los que existen en condiciones de edificación, a veces se prestan a maniobras especulativas", detalló el legislador del PAyS.


Agregó que eso aumenta el precio de los terrenos artificialmente y perjudica no sólo la consecución de una vivienda familiar, sino también al sector de la construcción, la producción de materiales y la mano de obra que se ve afectada por esas maniobras especulativas.


"Por eso pretendemos con esta Ley generar un Catálogo de uso público donde pueda incorporarse la información de quienes tengan terrenos, sujetos a determinada normativa, entre ellas ofrecer un precio de referencia y que el Estado mismo corrobore su tasación para evitar especulaciones y permita acceder a esa información con herramientas públicas e internet, permitiendo el acuerdo entre privados; pero con el Estado presente para los que ofrezcan terrenos, y para quienes buscan para edificar", dijo.


Esto supone un apoyo importante a los programas como el Procrear que se está revitalizando nuevamente, "sabemos que se están adjudicando créditos para ese fin, y seguramente también para programas que se desarrollen en la provincia", destacó el diputado en la sesión online al presentar su proyecto.


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Participación de los Municipios


Los fundamentos de la Ley indican que posee un carácter estratégico y se rige por los principios rectores del derecho humano al hábitat y a una vivienda digna; la función social de la propiedad y la democratización del acceso al suelo. 


Requiere la participación de los Gobiernos municipales en sus respectivas jurisdicciones para  el relevamiento de tierras fiscales en disponibilidad, pasibles de ser loteadas y destinadas a programas de desarrollo habitacional.


El valor de venta de tierras fiscales y privadas registradas en el Cadit será fijado de acuerdo a la tasación oficial.


A partir de la tasa inicial, el precio de venta catalogado sólo podrá ser actualizado transcurrido un año desde la fecha de su publicación en el Catálogo.


Como incentivo, en la ley se pide que se establezca la eximición del pago del impuesto inmobiliario a particulares que ofrezcan en venta sus terrenos y lotes, de manera exclusiva a través del Catálogo, y este beneficio será otorgado de manera excepcional a quien se registre en calidad de "oferente".


Condonación de deuda del impuesto inmobiliario


El Proyecto de Ley señala que una vez efectivizada la venta, el comprador será beneficiado con la condonación de la deuda en concepto de impuesto inmobiliario, acumulada hasta el año en que el inmueble haya sido registrado en el Cadit, y una vez concretada la transferencia legal del derecho de propiedad, el nuevo propietario abonará el impuesto a valores actuales.


La registración de personas físicas en el Catálogo Digital de Tierras tendrá vigencia por un año, y será renovable su permanencia hasta efectivizarse la venta del terreno.


En el rol de oferentes, los inscriptos podrán solicitar la baja únicamente al término de la vigencia anual de su registro. Una vez concluido el trámite de solicitud de baja, la autoridad de aplicación procederá a eliminar la información disponible en el Cadit.


Los oferentes beneficiados con la eximición del pago del impuesto inmobiliario están inhibidos, por el plazo que dure su registro en el Catálogo para ofertar su bien inmueble por otros medios (radiales, digitales o impresos) o en agencias inmobiliarias.


Ante  el  incumplimiento  de lo prescripto en el artículo precedente, el propietario deberá retribuir en compensación el monto del valor de la deuda tributaria actualizada, sobre la que se aplicará un aumento del 20%, por infracción al compromiso asumido.
     
 


Fuente: Prensa PAyS

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