21/08/2019

La Cámara Federal anuló este miércoles los procesamientos del exministro de Planificación Federal Julio De Vido, y de los exsecretarios de Transporte Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime, así como la falta de mérito de empresarios como Angelo Calcaterra, primo del presidente Mauricio Macri, y Jorge "Corcho" Rodríguez, en el marco de la causa por presunto pago de sobornos para las obras que la empresa brasileña Odebrecht encaró en el soterramiento del tren Sarmiento.


La anulación de los procesamientos alcanza, además de al ex ministro, a los ex secretarios de Transporte Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime, mientras que tanto a Calcaterra como al empresario Jorge "Corcho" Rodríguez se les anuló la falta de mérito.


Fuentes judiciales informaron que los camaristas Martín Irurzun y Lepoldo Bruglia anuló los procesamientos dictados por el juez Marcelo Martinez de Giorgi en primera instancia al concluir que los mismos no tenían fundamentación por parte de ese magistrado y que no se cuenta con las declaraciones de los arrepentidos que tiene Brasil, donde se investiga el caso de corrupción conocido como Lava Jato, y que nunca se entregaron a la Justicia Argentina.


Entre Argentina y Brasil se realizó un acuerdo para obtener la prueba consistente en la declaración de los arrepentidos, pero las pruebas nunca llegaron y no se sabe cuándo se consumará.


"Hay cosas que (el juez) necesariamente tenía que analizar y no analizó", según la Cámara entendió al revocar los procesamientos por negociaciones incompatibles, incumplimiento de deberes de funcionario público y dádivas de los funcionarios.


La Cámara Federal porteña anuló este miércoles los procesamientos del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y otros ex funcionarios kirchneristas como José López, Roberto Baratta y Ricardo Jaime, en la causa que investiga delitos en la adjudicación del soterramiento del ferrocarril Sarmiento.


La decisión fue de la sala II del Tribunal de Apelaciones que ordenó al juez del caso Marcelo Martínez De Giorgi profundizar la investigación y tomar en cuenta todos los delitos posibles, como pago de sobornos o fraude al Estado, según el fallo al que accedió Télam.


Con esta decisión también se declararon nulas las faltas de mérito que se habían dictado a empresarios imputados en el caso.


Los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia argumentaron que el fallo que procesó a los ex funcionarios por presuntas negociaciones incompatibles con la función pública careció de "fundamentos".


La investigación "está orientada desde su inicio a determinar posibles maniobras de fraude a la administración pública y pagos de sobornos del Grupo Odebrecht y socios locales a funcionarios integrantes de la estructura del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y/o de otras reparticiones, para lograr la adjudicación y continuidad en la distintas etapas de la obra "Soterramiento del Corredor Ferroviario Caballito - Moreno" de la Línea Sarmiento", recordaron.


Este "acto administrativo que benefició al consorcio integrado -según anterior denominación- por las firmas Iecsa S.A., Constructora Norberto Odebrecht S.A., Ghella Societa Per Azioni y Comsa SA".


Los jueces remarcaron que se procesó a los entonces funcionarios por haber tenido incidencia en esa adjudicación irregular pero "no así a los particulares beneficiados".


"El hecho que se tuvo por probado es el direccionamiento de la contratación pública de la obra Soterramiento del Ferrocarril Sarmiento en favor de determinados empresarios", remarcaron.


Según el fallo de Martínez De Giorgi "la existencia de la maniobra quedó revelada, entre otras cosas, en cómo se otorgaron pagos de abultadas sumas de dinero a la UTE, mediando modificaciones sustanciales de los términos en que fue inicialmente pautado todo".


En base a este panorama "hay cosas que la sentencia necesariamente tenía que analizar y no analizó", advirtieron Irurzun y Bruglia.


Entre ellas destacaron "si la afirmada acción de los funcionarios públicos de beneficiar a empresarios podía ser asignable a los últimos como partícipes del delito de los primeros".


Las faltas de mérito con que en esa resolución se benefició a los empresarios "sólo se apoyaron en la -supuesta- falta de corroboración de la hipótesis de sobornos, sin ninguna referencia a la imputación mencionada, que claramente formó parte de la descripción fáctica de sus indagatorias previas y era de tratamiento obligado, dado el criterio aplicado con relación a los agentes del Estado".


"Es más, para cada uno de los aportes -que no fueren inocuos- había otro aspecto -el subjetivo, de si cada uno de los involucrados actuó con conocimiento y voluntad- que debía ser examinado para un tratamiento fundado", agregaron los jueces.


Por todo ello, resolvieron declarar la nulidad de la resolución y ordenar que se dicte un nuevo fallo que tenga en cuenta todo lo indicado. "En estas condiciones es inviable" revisar el fallo, concluyeron.


Los camaristas ordenaron al juez que "una vez que cuente con los elementos requeridos para completar la instrucción y corroborar determinadas referencias que obran en ésta, se expida motivadamente sobre los cargos que pesan sobre los indagados, evaluando cada situación o aporte individual, así como las diferentes hipótesis que se han formulado sobre los hechos (sobornos, fraude al Estado, negociaciones incompatibles, etc.)".


Entre los empresarios imputados cuya falta de mérito quedó nula están Angel Calcaterra, Jorge Rodriguez, Gianvincenzo Coppi y Lorenzo Ghella. También se declararon nulos los sobreseimientos que se habían dictado a Julián y Mariano Vázquez, los hijos de otro acusado, el ex asesor de Ricardo Jaime, Manuel Vázquez.

DEPORTES